Ordenanza 3787 — BBC152 – Modifica Ordenanza 1999

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Coronel de Marina Leonardo Rosales “2018 Año del Centenario de la Reforma Universitaria” Presidencia Honorable Concejo Deliberante – Partido Coronel de Marina Leonardo Rosales Ciudad de Punta Alta - Provincia de Buenos Aires – C.P. 8109 Tel/Fax: 02932-429510/11/13/74 - Email: hcdrosales@gmail.com Punta Alta, 26 de Octubre de 2.018 Corresp. Expte. BBC-152/18 EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES HA SANCIONADO CON FUERZA DE O R D E N A N Z A 3787 Artículo 1º: Modifíquese el Artículo 94º de la Ordenanza 1999, Código de Faltas Municipal, el ---------------- cual quedará redactado de la siguiente forma: “Artículo 94º: Arrojar aguas servidas en la vía pública en lugares donde existe red cloacal, será sancionado: a) Cuando proviniere de viviendas, con multa de QUINCE (15) a CUARENTA (40) módulos.- b) Cuando provinieren de comercios o locales en que se realicen actividades asimilables a las comerciales, con multa de VEINTE (20) a CINCUENTA (50) módulos y/o clausura hasta QUINCE (15) días. c) Cuando proviniere de industrias o inmuebles en que se realicen actividades asimilables a las industriales, con multa de CIEN (100) a DOS MIL (2000) módulos y/o clausura de hasta NOVENTA (90) días”. Artículo 2º: El importe recaudado por los Artículos 94º y 95º del Código de Faltas será ----------------- afectado al financiamiento del Fondo de Destape de Pozos Ciegos Para Familias dependiente de la Secretaria de Desarrollo Social Municipal –o del área que a futuro asuma el control del mismo.- Artículo 3º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese. SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.

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