Ordenanza 3787 — BBC152 – Modifica Ordenanza 1999
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Texto
Coronel de Marina Leonardo Rosales “2018 Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
Presidencia
Honorable Concejo Deliberante – Partido Coronel de Marina Leonardo Rosales
Ciudad de Punta Alta - Provincia de Buenos Aires – C.P. 8109
Tel/Fax: 02932-429510/11/13/74 - Email: hcdrosales@gmail.com
Punta Alta, 26 de Octubre de 2.018
Corresp. Expte. BBC-152/18
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEONARDO
ROSALES HA SANCIONADO CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A 3787
Artículo 1º: Modifíquese el Artículo 94º de la Ordenanza 1999, Código de Faltas Municipal, el
---------------- cual quedará redactado de la siguiente forma:
“Artículo 94º: Arrojar aguas servidas en la vía pública en lugares donde existe red
cloacal, será sancionado:
a) Cuando proviniere de viviendas, con multa de QUINCE (15) a CUARENTA (40)
módulos.-
b) Cuando provinieren de comercios o locales en que se realicen actividades
asimilables a las comerciales, con multa de VEINTE (20) a CINCUENTA (50) módulos
y/o clausura hasta QUINCE (15) días.
c) Cuando proviniere de industrias o inmuebles en que se realicen actividades
asimilables a las industriales, con multa de CIEN (100) a DOS MIL (2000) módulos y/o
clausura de hasta NOVENTA (90) días”.
Artículo 2º: El importe recaudado por los Artículos 94º y 95º del Código de Faltas será
----------------- afectado al financiamiento del Fondo de Destape de Pozos Ciegos Para
Familias dependiente de la Secretaria de Desarrollo Social Municipal –o del área que a futuro
asuma el control del mismo.-
Artículo 3º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.
SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE
CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA
ALTA A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL
DIECIOCHO.