Ordenanza 4205 — O12022-o22023 – Conducción vehiculos electricos
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Texto
Coronel de Marina Leonardo Rosales
Presidencia
“1983/2023 - 40 AÑOS DE DEMOCRACIA”
Honorable Concejo Deliberante – Partido Coronel de Marina Leonardo Rosales
Ciudad de Punta Alta - Provincia de Buenos Aires – C.P. 8109
Tel: 02932-429511 - Email: hcdrosales@gmail.com
Punta Alta, 10 de marzo de 2.023
Corresp. Exptes. O-1-2022 y O-2-2023
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL ROSALES
SANCIONA LA SIGUIENTE
O R D E N A N Z A 4205
Artículo 1º: Prohíbase en todo el Distrito de Coronel Rosales la conducción de cualquier
------------------ vehículo impulsado a motor (térmico o eléctrico) a quien registre un resultado del
test de alcoholemia superior a 0 (cero) miligramos de alcohol por litro de sangre. Así también
está prohibido conducir a quienes hubiesen consumido medicamentos, estupefacientes,
psicotrópicos, estimulantes o sustancias de acuerdo a la ley 13927 y sus modificatorias.-
Artículo 2º: Modifíquese la Ordenanza 1999 en su Artículo 194º el cual quedará redactado de la
---------------- siguiente manera:
“Artículo 194º: CONDUCIR CON FACULTADES ALTERADAS:
a) El que condujere en estado de alteración psíquica, de ebriedad o bajo la acción de
tóxicos o estupefacientes será sancionado con una multa de VEINTE (20) a DOSCIENTOS
(200) módulos.
b) Se prohibirá conducir cualquier tipo de vehículo con motor a quien registre un
resultado de test de alcoholemia superior a 0 (cero) miligramos de alcohol por litro de
sangre aplicándose las sanciones según lo establecido en la Ley 13927 y sus
modificatorias”.
Artículo 3º: Declárase al Distrito de Coronel Rosales como “Distrito de tolerancia Alcohol CERO
--------------- al conducir”.
Artículo 4º: El Departamento Ejecutivo dará amplia difusión sobre la vigencia la presente a los
---------------- efectos de la concientización pública de la misma mediante todos los canales
informativos que se encuentren a su alcance.-
Artículo 5º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.-
SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE
CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA
ALTA EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE MARZO
DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES.