Ordenanza 4275 — O-48-2023 – Marco Regulatorio Energía Eléctrica
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Texto
Coronel de Marina Leonardo Rosales
Presidencia
Honorable Concejo Deliberante – Partido Coronel de Marina Leonardo Rosales
Ciudad de Punta Alta - Provincia de Buenos Aires – C.P. 8109
Tel: 02932-429511 - Email: hcdrosales@gmail.com
Punta Alta, 15 de enero de 2.024
Corresp. Expte. O-48-2023
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL ROSALES
SANCIONA LA SIGUIENTE
O R D E N A N Z A 4275
Artículo 1º: Incorpórese el inciso 1.5.1.4 del Artículo 2º de la Ordenanza Nº2660 que
quedara redactado de la siguiente manera:
Artículo 1º: Establézcase la obligatoriedad de contar con equipo generador de
energía alternativo en los siguientes rubros de acuerdo a la siguiente enunciación a los
efectos de garantizar el servicio de energía eléctrica por ser considerados como servicios
esenciales a los efectos de optimizar la prestación plena de los mismos:
Establecimientos públicos y privados de salud como: hospitales, clínicas, centros de
diálisis, sanatorios, geriátricos y entidades que garanticen la cadena de frío para
tratamientos médicos, medicamentos y vacunas.
Entidades bancarias
Estaciones de servicios
Artículo 2º: Para las habilitaciones de los establecimientos mencionados en el artículo
precedente se les exigirá contar con equipo autónomo de energía eléctrica. A los
establecimientos existentes concédase un plazo de 180 días a partir de la promulgación de la
presente ordenanza para adecuarse a la norma.
Artículo 3º: El incumplimiento de la presente será sancionado con multa a los propietarios de
dichos establecimientos con un mínimo de 800 y un máximo de 1000 módulos, pudiendo
disponerse la clausura de los comercios en infracción hasta 30 días, o de manera definitiva,
pudiendo agrandarse la sanción para casos de reincidencia. Asimismo, se aplicarán todas las
disposiciones que en lo pertinente sean aplicadas de la ordenanza municipal N° 1999.
Artículo 4º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.-
SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE
CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA
ALTA EN SESION EXTRAORDINARIA CELEBRADA A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE
ENERO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.