Ordenanza 4390 — I232025 – Leasing camion compactador

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Coronel de Marina Leonardo Rosales Presidencia “1945 - 2025 - 80° Aniversario de la Autonomía Municipal Rosaleña” Honorable Concejo Deliberante – Partido Coronel de Marina Leonardo Rosales Ciudad de Punta Alta - Provincia de Buenos Aires – C.P. 8109 Tel: 02932-429511 - Email: hcdrosales@gmail.com Punta Alta, 28 de marzo de 2.025 Corresponde Expte. I-23-2025 EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL ROSALES SANCIONA LA SIGUIENTE O R D E N A N Z A 4390 Artículo 1º: Autorizar al Departamento Ejecutivo a celebrar con Provincia Leasing S.A. contrato ---------------- de leasing con opción a compra en forma de contratación directa de conformidad a lo establecido por el Artículo 156º inc. 2, 273 y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades. Suscribir los convenios, contratos y demás documentación que resulten necesarios a fin de posibilitar la concreción de la presente operación en los términos que acuerden las partes. - Artículo 2°: La operación de Leasing que se autoriza a contraer estará sujeta a las siguientes ---------------- condiciones financieras: Destino: Adquisición de Camión 0km, eje neumático y un recolector compactador de residuos, nuevo. Tipo de operación: Leasing financiero. Periodicidad de los cánones: Mensual. Plazo: 36 meses. Forma de pago: La Municipalidad autoriza el débito de los servicios de su cuenta corriente. Garantía: La Municipalidad cede en garantía a Provincia Leasing S.A. los recursos municipales que le corresponden por el Régimen de Coparticipación Municipal de Impuestos (Ley N° 10559 y modificatorias) o por el que en el futuro lo reemplace, aun antes de su acreditación en cuenta corriente. Consecuentemente la Municipalidad renuncia en forma expresa a toda reserva, condición o facultad que le permitiere rescindir unilateralmente los convenios de recaudación aludidos, mientras subsistan obligaciones a su cargo pendientes de cumplimiento ante Provincia Leasing S.A. por el contrato de leasing que se suscriba entre las partes.- Artículo 3°: Los bienes adquiridos en leasing serán destinados a la prestación de los servicios ---------------- públicos. Artículo 4°: La obligación de pago que asume la Municipalidad será garantizada mediante la autorización del débito de los servicios correspondientes de su cuenta corriente y, en caso de insuficiencia de fondos, autorizará irrevocablemente a Provincia Leasing S.A. a cancelar estos con los fondos provenientes del régimen de coparticipación impositiva o aquel que lo reemplace, aun antes de su acreditación en su cuenta corriente. Luego de que se efectivicen las retenciones previstas por ley, se autoriza a Provincia Leasing S.A. a retener las sumas necesarias para cubrir el pago de las amortizaciones, intereses o cualquier otro gasto que se origine con motivo de cubrir el presente leasing.- Coronel de Marina Leonardo Rosales Presidencia “1945 - 2025 - 80° Aniversario de la Autonomía Municipal Rosaleña” Honorable Concejo Deliberante – Partido Coronel de Marina Leonardo Rosales Ciudad de Punta Alta - Provincia de Buenos Aires – C.P. 8109 Tel: 02932-429511 - Email: hcdrosales@gmail.com Artículo 5°: El importe del canon mensual y demás erogaciones que demande la contratación ----------------- enunciada en el Artículo 1°, se imputará al presupuesto de gastos jurisdicción 1110117000 Secretaría de Obras y Servicios, 3.2.2.0 Alquiler de maquinaria, equipo y medios de transporte en el presupuesto en vigencia y en futuros presupuestos.- Artículo 6°: En caso de que la entidad financiera Provincia Leasing S.A. otorgue una ampliación del cupo de financiamiento originalmente aprobado, el Departamento Ejecutivo queda facultado para incorporar otros bienes que resulten necesarios según el artículo 3° de la presente, garantizando una administración eficiente y transparente de los recursos. El Departamento Ejecutivo informará al Honorable Concejo Deliberante sobre la ampliación del leasing y la adquisición de los bienes incorporados en virtud del presente artículo.- Artículo 7°: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.- SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO.