Ordenanza 4394 — O12025 – Modifica Ordenanza 3489
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Texto
Coronel de Marina Leonardo Rosales
Presidencia
“1945 - 2025 - 80° Aniversario de la Autonomía
Municipal Rosaleña”
Honorable Concejo Deliberante – Partido Coronel de Marina Leonardo Rosales
Ciudad de Punta Alta - Provincia de Buenos Aires – C.P. 8109
Tel: 02932-429511 - Email: hcdrosales@gmail.com
Punta Alta, 28 de marzo de 2.025
Corresponde Expte. O-1-2025
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL ROSALES
SANCIONA LA SIGUIENTE
O R D E N A N Z A 4394
Artículo 1º: Incorpórese el Artículo 1º Bis a la Ordenanza 3489 el cual quedará redactado de la
---------------- siguiente forma:
“Artículo 1º Bis: Quedan exceptuadas de los limites horarios establecidos la posibilidad
de comercializar productos alimenticios o bebidas – dentro de las disposiciones legales
especificas en este último caso - bajo formato de “Delivery” o “Take Away” en punto de
elaboración”.
Artículo 2°: El Departamento Ejecutivo deberá informar sobre la presente normativa a todos los
--------------- establecimientos habilitados para tal fin.-
Artículo 3°: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.
SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE
CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA
ALTA EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE
MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO.