Ordenanza 4436 — O532025 – Modifica 94 y 98 Ordenanza 1999

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Coronel de Marina Leonardo Rosales Presidencia “1945–2025 80º Aniversario de la Autonomía Municipal Rosaleña” Honorable Concejo Deliberante – Partido Coronel de Marina Leonardo Rosales Ciudad de Punta Alta - Provincia de Buenos Aires – C.P. 8109 Tel: 02932-429511 - Email: hcdrosales@gmail.com Punta Alta, 13 de octubre de 2.025 Corresponde Expte. O-53-2025 EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL ROSALES SANCIONA LA SIGUIENTE O R D E N A N Z A 4436 Artículo 1º: Modifíquese el Artículo 94° de la Ordenanza N°1.999 incorporándose el inciso d), el ---------------- cual quedará redactado de la siguiente manera: “d) Cuando provienen de camiones atmosféricos con multa de CIEN 100 a DOS MIL (2000) módulos”. Artículo 2°: Modifíquese el Artículo 98° de la Ordenanza N°1.999, el cual quedará redactado de --------------- la siguiente manera: “Artículo 98º: El desagote de efluentes, aguas residuales, residuos o descartes en la vía pública propios de las siguientes actividades: Cuando provienen de actividades industriales o en inmuebles de propiedad de terceros en contravención a disposiciones vigentes, será sancionado con multa de CIEN (100) a DOS MIL (2000) módulos y/o clausura hasta NOVENTA (90) días. Cuando provienen de vehículos motorhome o casillas rodantes con multa de QUINCE (15) a CUARENTA (40) módulos”.- Artículo 3°: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.- SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO.

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