Ordenanza 4436 — O532025 – Modifica 94 y 98 Ordenanza 1999
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Texto
Coronel de Marina Leonardo Rosales
Presidencia
“1945–2025 80º Aniversario de la Autonomía
Municipal Rosaleña”
Honorable Concejo Deliberante – Partido Coronel de Marina Leonardo Rosales
Ciudad de Punta Alta - Provincia de Buenos Aires – C.P. 8109
Tel: 02932-429511 - Email: hcdrosales@gmail.com
Punta Alta, 13 de octubre de 2.025
Corresponde Expte. O-53-2025
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL ROSALES
SANCIONA LA SIGUIENTE
O R D E N A N Z A 4436
Artículo 1º: Modifíquese el Artículo 94° de la Ordenanza N°1.999 incorporándose el inciso d), el
---------------- cual quedará redactado de la siguiente manera:
“d) Cuando provienen de camiones atmosféricos con multa de CIEN 100 a DOS MIL (2000)
módulos”.
Artículo 2°: Modifíquese el Artículo 98° de la Ordenanza N°1.999, el cual quedará redactado de
--------------- la siguiente manera:
“Artículo 98º: El desagote de efluentes, aguas residuales, residuos o descartes en la vía
pública propios de las siguientes actividades:
Cuando provienen de actividades industriales o en inmuebles de propiedad de terceros
en contravención a disposiciones vigentes, será sancionado con multa de CIEN (100) a
DOS MIL (2000) módulos y/o clausura hasta NOVENTA (90) días. Cuando provienen de
vehículos motorhome o casillas rodantes con multa de QUINCE (15) a CUARENTA (40)
módulos”.-
Artículo 3°: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.-
SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE
CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA
ALTA EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE
OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO.