Ordenanza 4455 — Modificación inciso 2 del artículo 23 de la Ordenanza 4384
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Texto
Coronel de Marina Leonardo Rosales
Presidencia
“1926-2026 - 100° Aniversario de la Cooperativa
Eléctrica de Punta Alta (CEPA)”
Honorable Concejo Deliberante – Partido Coronel de Marina Leonardo Rosales
Ciudad de Punta Alta - Provincia de Buenos Aires – C.P. 8109
Tel: 02932-429511 - Email: hcdrosales@gmail.com
Punta Alta, 27 de enero de 2.026
Corresponde Expte. O-06-2026
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL ROSALES
SANCIONA LA SIGUIENTE
O R D E N A N Z A 4455
Artículo 1º: Modificase el inciso 2 del artículo 23 de la Ordenanza Nº 4384, el que quedará
redactado de la siguiente manera:
“Inciso 2: Quedarán exceptuados del cumplimiento de los horarios establecidos en la
presente los espectáculos públicos que se realicen en la localidad de Pehuén Co
contemplados en la Ordenanza Nº 4277 y sus modificatorias, siempre que respeten los
decibeles de ruidos máximos establecidos en la presente”
Artículo 2°: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.
SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE
CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA
ALTA EN SESION EXTRAORDINARIA CELEBRADA A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES
DE ENERO DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS.