Ordenanza 4448 — EX-2025-00106406- -MUNICRO-DC#SE – Presupuesto 2026
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Texto
Coronel de Marina Leonardo Rosales
Presidencia
“1945–2025 80º Aniversario de la Autonomía
Municipal Rosaleña”
Honorable Concejo Deliberante – Partido Coronel de Marina Leonardo Rosales
Ciudad de Punta Alta - Provincia de Buenos Aires – C.P. 8109
Tel: 02932-429511 - Email: hcdrosales@gmail.com
Punta Alta, 30 de diciembre de 2.025
Corresponde Expte. EX-2025-00106406- -MUNICRO-DC#SE
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL ROSALES
SANCIONA LA SIGUIENTE
O R D E N A N Z A 4448
Artículo 1º: La Municipalidad de Coronel de Marina Leonardo Rosales, se regirá durante el año
---------------- 2026 por el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos, cuya cuantificación y
detalle, se adjunta como Anexo I, documentación que forma parte de la presente Ordenanza. -
Artículo 2º: (Texto según Ordenanza 4449) Fíjase en la suma de PESOS CUARENTA Y
CUATRO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y
UN
MIL
NOVECIENTOS
DIECINUEVE
CON
SETENTA
Y
SEIS
CENTAVOS
($44.468.531.919,76) el Presupuesto General Consolidado de la Municipalidad de Coronel de
Marina Leonardo Rosales para el ejercicio 2026, de acuerdo a los formularios que se
adjuntan y que forman parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo 3º: (Texto según Ordenanza 4449) Estímase en la suma de PESOS CUARENTA Y
CUATRO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y
UN
MIL
NOVECIENTOS
DIECINUEVE
CON
SETENTA
Y
SEIS
CENTAVOS
($44.468.531.919,76) los recursos destinados a la financiación del Presupuesto General
Consolidado correspondiente al ejercicio 2026 de la Municipalidad de Coronel de Marina
Leonardo Rosales.
Artículo 4º: (Texto según Ordenanza 4449) Fíjase en la suma de PESOS CUARENTA Y
DOS MIL QUINIENTOS OCHENTA MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL
NOVECIENTOS
VEINTICUATRO
CON
CINCUENTA
Y
SIETE
CENTAVOS
($42.580.898.924,57) el Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central que regirá
para el ejercicio 2026.
Artículo 5º: Fijase en la suma de PESOS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE
------------------ MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y DOS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y
CINCO CON DIECINUEVE CENTAVOS ($1.887.632.995,19), el Presupuesto de Erogaciones
del Honorable Concejo Deliberante que regirá para el Ejercicio 2026.-
Artículo 6º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a celebrar Convenios destinados a la
------------------ Consolidación de Obligaciones Municipales conducentes a mantener el equilibrio
financiero prescripto por la Ley Nº 11.582, modificatoria de la Ley Orgánica de las
Municipalidades y la Ley Nº 13.295 de Responsabilidad Fiscal y a realizar las adecuaciones
presupuestarias correspondientes. -
Artículo 7º: Autorizase al Departamento Ejecutivo al uso transitorio de recursos del Municipio
---------------- con afectación específica, cuando ello fuese necesario para hacer frente a apremios
financieros circunstanciales. Dicha autorización no significará cambios de financiación ni de
Coronel de Marina Leonardo Rosales
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destino de los recursos y deberá quedar normalizada en el transcurso del ejercicio (Artículo 69º
del Decreto 2980/00).-
Artículo 8º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a comprometer fondos de más de un ejercicio
--------------- en Licitaciones de Obras Públicas, Contratos de Locación de Inmuebles y
Licitaciones de adquisición o contratación de Bienes y Servicios. -
Artículo 9º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a disponer Ampliaciones en el Cálculo de
------------------ Recursos y en los Créditos Presupuestarios aprobados por la presente Ordenanza
y su correspondiente distribución, financiados con superávit de ejercicios anteriores; con el
excedente de recaudación del total calculado para el ejercicio en concepto de recursos
ordinarios no afectados; con la suma que se calcula percibir en concepto de aumento o creación
de tributos; con la mayor participación de la Provincia o Nación comunicadas y no consideradas
en el Cálculo de Recursos vigente y que correspondan al ejercicio y con el incremento de los
recursos con afectación especifica de cualquier origen que se produzca en el transcurso del
año.-
Artículo 10º: Los saldos que arrojen al cierre de cada ejercicio las cuentas de recursos con
------------------ afectación serán transferidos al ejercicio siguiente, incorporándolos al Cálculo de
Recursos por Decreto del Departamento Ejecutivo, ampliando correlativamente el Presupuesto
de Gastos, reforzando los créditos de cuentas existentes o incorporando conceptos no previstos.
En todos los casos se respetará el destino al que deben ser aplicados.-
Artículo 11º: Facultase al Departamento Ejecutivo a efectuar ventas de rodados que por su
------------------ depreciación y/o amortización estime prudente realizar, los que deberán ser
enajenados por medio del procedimiento establecido en la Ley Orgánica de las Municipalidades
y sus normas complementarias.-
Artículo 12º: Cargos. Fijase en Novecientos veintiocho (928) el número total de cargos de
------------------ Personal Municipal, discriminados de la siguiente forma: 886 agentes de planta
permanente y 42 agentes de agentes de planta temporaria, conforme a la planilla Anexo II, que
forma parte de la presente Ordenanza.-
Artículo 12 Bis: Cargos políticos: Suspéndase durante el Ejercicio 2026 la ampliación de la
----------------------- planta política por fuera de lo establecido en la presente Ordenanza.-
Artículo 13º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a transferir entre las distintas categorías
------------------ programáticas del Presupuesto de Gastos, diferentes cargos, conforme a las
necesidades que se requiera para el cumplimiento de cada programa dictando a tal fin el acto
administrativo correspondiente.-
Artículo 14º: Escala De Sueldos. Apruébese la escala de sueldos del Personal Municipal
------------------ conforme al Anexo III, que forma parte de la presente Ordenanza.-
Artículo 15º: Los sueldos de los funcionarios políticos designados por el Intendente Municipal y
----------------- Funcionarios de Ley Orgánica, se regirán por lo establecido en las Ordenanzas
Municipales Nº 3893 sus modificatorias y reglamentaciones -
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Artículo 16º: Asignaciones Familiares. Fijase las asignaciones familiares para el Personal
------------------- Municipal conforme a los montos y conceptos establecidos por la ley 24.714 sus
modificatorias y complementarias.-
Artículo 17º: Gastos De Representación. Fijase la compensación por gastos de representación
----------------- para el Intendente Municipal, en la suma de pesos CINCO MIL ($ 5.000).-
Artículo 18º: Antigüedad. El personal municipal, incluidos los funcionarios para cuyo
-------------------- nombramiento y/o remoción las leyes fijen procedimientos determinados,
incluidos el Intendente Municipal, percibirán en concepto de antigüedad un importe equivalente
al determinado en el Artículo 91º del Convenio Colectivo de Trabajo aprobado por Ordenanza Nº
3561/2016.-
Artículo 19º: Incremento de Haberes. Facultase al Departamento Ejecutivo a disponer
-------------------- incrementos de haberes y bonificaciones; al Personal Político y de Ley Orgánica,
hasta un porcentaje equivalente al otorgado al Personal de planta permanente. -
Artículo 20º: Funcionarios para cuyo nombramiento y/ o remoción las leyes fijen procedimientos
----------------- determinados. Para los funcionarios mencionados, Contador Municipal, Jefe de
Compras y Tesorero Municipal, rigen bonificaciones previstas en la Ordenanza Nº2.934. Para el
Secretario de Juez de Faltas rigen las disposiciones de la Ordenanza Nº3893 y sus
modificatorias. -
Artículo 21º: Auxiliares de bloque. La remuneración se determina según Ordenanza 3380.-
Artículo 22º: Concejales. Por la aplicación del Artículo 92º de la Ley Orgánica de las
-------------------- Municipalidades, la dieta de los Concejales se establece en tres veces y media
(3,5) el sueldo mínimo fijado por este Presupuesto de Gastos para la categoría inferior del
personal administrativo municipal en su equivalente a cuarenta (40) horas semanales,
incluyendo las bonificaciones inherentes a dicho cargo que estén sujetas a aportes
previsionales.-
Artículo 23º: Intendente Municipal. La remuneración del Intendente Municipal se determinará en
----------------- función a lo dispuesto en el Artículo 125º de la Ley Orgánica de las Municipalidades
Decreto-Ley 6769/58, estableciéndose su sueldo mensual en catorce (14) veces el sueldo
mínimo fijado por este Presupuesto de Gastos para la categoría inferior del personal
administrativo municipal, en su equivalente a cuarenta (40) horas semanales, incluyendo las
bonificaciones inherentes a dicho cargo que estén sujetas a aportes previsionales.-
Artículo 24º: Establécele que el Departamento Ejecutivo, procederá a la aplicación en la planta
------------------ permanente del Honorable Concejo Deliberante, de todas aquellas modificaciones
salariales otorgadas a la Administración Central.-
Artículo 25º: Facúltese al Departamento Ejecutivo a fijar el valor de la hora Cátedra de acuerdo
------------------ a la Ordenanza Nº 3561/16 del Estatuto de Empleados Municipales– Convenio
Colectivo de Trabajo -y normas reglamentarias que estime pertinentes.-
Coronel de Marina Leonardo Rosales
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“1945–2025 80º Aniversario de la Autonomía
Municipal Rosaleña”
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Artículo 26º: Facúltese al Departamento Ejecutivo a recepcionar e incorporar al patrimonio
------------------- Municipal las donaciones y/o legados de aquellos bienes que, considerados en
forma particular, revistan de valor relativo y baja cuantía debiendo luego dar intervención al
Honorable Concejo Deliberante para su convalidación, ello de conformidad con lo previsto por el
Artículo 57º de la Ley Orgánica de las Municipalidades. -
Artículo 27°: Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las adecuaciones
------------------ presupuestarias a las partidas aprobadas, exclusivamente con el objeto de
reflejar en el Presupuesto 2.026 las modificaciones en los recursos que se deriven de la
aprobación de la Ordenanza Fiscal e Impositiva correspondiente al mismo ejercicio.-
Artículo 28°: El Departamento Ejecutivo estará facultado a otorgar un subsidio por un monto
------------------ represente una suma equivalente de hasta al cinco por ciento (5%) de las
partidas correspondientes a coparticipación de origen provincial de libre disponibilidad, en
caso de que se constante en el periodo presupuestario 2026 de una suba del Coeficiente
Unico de Distribución, CUD, asignando al distrito de Coronel Rosales al momento de ser
expresado el mismo por la autoridad provincial. El monto equivalente deberá ser informado a
esta sede así como la periodicidad del giro del mismo. Su distribución será efectuada
proporcionalmente por el Ejecutivo Municipal, en función de las necesidades requeridas por la
Asociación Bomberos Voluntarios de Punta Alta y Pehuen Co. Facúltese al Departamento
Ejecutivo a reglamentar la forma de instrumentación y pago.-
Artículo 29°: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.-
SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE
CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA
ALTA EN SESION EXTRAORDINARIA A LOS TREINTA DIAS DEL MES DE DICIEMBRE
DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO.